Conocer las normas de los envíos internacionales
Guía sobre la normativa Incoterms 2010 (International Commercial Terms, términos de comercio internacional)
Descripción general
Reto
Debes saber quién es el responsable de los costes y los riesgos asociados a los contratos de compraventa que tu empresa formalice con los nuevos mercados de exportación. Al conocer las condiciones de entrega que figuran en los contratos de compraventa internacionales reducirás dudas y malentendidos, tanto para tu empresa como para las personas que compren tus productos.
Objetivo
Conocer las obligaciones contraídas por tu empresa y los compradores.
Condiciones de comercio internacional: satisfacción para ambas partes
Las normas Incoterms se crearon para evitar malentendidos en contratos de compraventa internacional de mercancías.
Estas normas, creadas y adaptadas por la Cámara de Comercio Internacional, definen claramente las obligaciones del vendedor y el comprador para facilitar el comercio internacional y reducir el riesgo de que se produzcan complicaciones legales. Están pensadas para favorecer el comercio y evitar dificultades.
Las normas Incoterms se actualizan periódicamente para adaptarse a los cambios que se producen en el ámbito del comercio internacional. La última versión de las normas Incoterms es la del 2010 (próximamente se publicará Incoterms 2020) y se adaptó para tener en cuenta lo siguiente:
- El aumento de las zonas francas
- El aumento del uso de las comunicaciones electrónicas en las transacciones comerciales
- El esfuerzo por reforzar la seguridad en la circulación de mercancías
- Los cambios en las prácticas de transporte
En los contratos de compraventa internacionales se incluyen condiciones de entrega para evitar errores de interpretación por parte de compradores y vendedores a la hora de determinar qué parte debe asumir los costes y los riesgos.
Estos costes y riesgos pueden influir en los siguientes aspectos:
- Gastos de transporte
- Seguros
- Trámites aduaneros
- Impuestos
Consejo
Las normas Incoterms son un conjunto de términos comerciales de tres letras que reflejan las condiciones establecidas por las empresas en los contratos de compraventa de mercancías en mercados de exportación.
Términos clarificadores para las empresas exportadoras
Cuando exportas productos a un país o a una región nuevos, existe el riesgo de que se produzcan malentendidos entre las partes, puesto que cada país puede hacer una interpretación diferente de las prácticas comerciales relacionadas con la venta de mercancías.
Las normas Incoterms son un conjunto de términos comerciales de tres letras que reflejan las prácticas empresariales establecidas en los contratos de compraventa de mercancías.
Estos términos describen principalmente las tareas, los costes y los riesgos que implica la entrega de mercancías del vendedor al comprador.
Estas normas se aplican a los tipos de productos vendidos, a los medios de transporte utilizados y a otras obligaciones del vendedor y del comprador, como los relacionados con los seguros o los trámites aduaneros.
Alcance de las normas Incoterms
Las normas Incoterms no sustituyen los contratos de compraventa, sino que únicamente aclaran lo siguiente:
- La parte de un contrato de compraventa que debe realizar los trámites del envío.
- El momento en el que el vendedor debe entregar la mercancía al comprador.
- Los costes que debe asumir cada parte.
No regulan la transmisión de la propiedad de las mercancías ni ningún problema derivado de un incumplimiento de contrato. Estos aspectos suelen contemplarse en el contrato de compraventa o en la legislación que rige dicho contrato.
Las normas Incoterms 2010 y tú
Tus obligaciones y las del comprador se reflejan las unas en las otras. Ambos tenéis la opción de cumplirlas personalmente o a través de intermediarios tales como empresas de transportes o transitarios. Las obligaciones individuales de las partes contractuales, es decir, de tu empresa y el comprador, son las siguientes:
A Obligaciones del vendedor B Obligaciones del comprador A1 Obligaciones generales B1 Obligaciones generales A2 Licencias, autorizaciones, acreditaciones de seguridad B2 Licencias, autorizaciones, acreditaciones de seguridad A3 Contratos de transporte y seguros B3 Contratos de transporte y seguros A4 Entrega B4 Recepción de la entrega A5 Cesión de riesgos B5 Cesión de riesgos A6 Asignación de costes B6 Asignación de costes A7 Notificaciones al comprador B7 Notificaciones al vendedor A8 Albarán de entrega B8 Justificante de entrega A9 Control, embalaje, etiquetado B9 Inspección de mercancías A10 Ayuda con la información y los costes relacionados B10 Ayuda con la información y los costes relacionados Todo sobre las normas Incoterms 2010
Las normas Incoterms 2010 se dividen en dos clases.
La primera clase incluye siete normas que pueden usarse con independencia del modo de transporte elegido y de si se emplean uno o más modos de transporte. Estas normas pueden aplicarse cuando se usa un buque en parte del transporte de las mercancías exportadas.
En la segunda clase de normas, el punto de entrega y el lugar al que se transporta la mercancía del comprador son ambos puertos marítimos o fluviales. Sería el caso de una exportación de productos de Liverpool a Marsella.
A continuación, se muestra la lista de términos de tres letras que reflejan las condiciones establecidas por las empresas en los contratos de compraventa de mercancías en mercados de exportación.
Debajo de cada término de tres letras se incluye una explicación de lo que significa para el vendedor (tu empresa) y el comprador (tu cliente).
Términos de la primera clase de normas Incoterms:
EXW
Ex Works con indicación del lugar de entrega convenido
El vendedor cumple con su obligación de entrega cuando pone la mercancía a disposición del comprador en las instalaciones del vendedor o en un lugar convenido mutuamente, como un almacén o una fábrica.
El comprador es responsable de lo siguiente:
- Carga de la mercancía
- Todos los costes de transporte
- Transporte de la mercancía al destino final
Si el vendedor carga la mercancía, lo hace por cuenta y riesgo del comprador.
FCA
Franco transportista con indicación del lugar de entrega convenido.
El vendedor:
-
Entrega la mercancía, tras realizar los trámites aduaneros necesarios para exportarlos, a la empresa de transportes designada por el comprador y en el lugar convenido. En este caso, el riesgo lo asume el comprador.
-
No tiene ninguna obligación de realizar los trámites aduaneros necesarios para importar la mercancía, de pagar ningún impuesto ni de gestionar ninguna formalidad aduanera relacionados con la importación.
-
Está obligado a entregar la mercancía a la empresa de transportes del comprador.
CPT
Transporte pagado hasta el lugar de destino convenido.
Esta norma es crucial porque el riesgo y los costes se transfieren en puntos diferentes. El riesgo se transfiere cuando la mercancía se entrega a la primera empresa de transportes.
Obligaciones del vendedor:
-
Entregar las mercancías a la empresa de transportes o a la persona designada por el vendedor en un lugar convenido.
-
Contratar el medio de transporte necesario para entregar la mercancía en el lugar de destino convenido y asumir los gastos correspondientes.
Consejo
Si se usa la norma CPT, el vendedor cumple su obligación cuando entrega la mercancía a la empresa de transportes y no cuando esta llega al lugar de destino.
CIP
Transporte y seguro pagados hasta el lugar de destino convenido.
Igual que con la norma CPT, esta es crucial porque el riesgo y los costes se transfieren en puntos diferentes.
El vendedor:
-
Entrega la mercancía a la empresa de transportes o a otra persona designada por él en el lugar convenido.
-
Se hace cargo de los gastos de transporte necesarios para entregar la mercancía en el lugar de destino convenido.
-
Contrata un seguro que cubra los riesgos de pérdida o daño de la mercancía durante el transporte.
-
Corre con los gastos de un seguro para la carga que tenga la cobertura mínima indicada en las cláusulas "C" del Institute Cargo Clauses.
El seguro:
- Debe contratarse a una compañía aseguradora con buena reputación.
- Debe autorizar al comprador a reclamar la mercancía directamente a la compañía aseguradora.
- Debe cubrir como mínimo el precio estipulado en el contrato más un 10 %.
- Debe concertarse en la misma divisa que el contrato.
Consejo
Si se usa la norma CIP, el vendedor cumple su obligación cuando entrega la mercancía a la empresa de transportes y no cuando esta llega al lugar de destino.
DAT
Entregado en terminal con indicación de la terminal convenida en el puerto o lugar de destino.
El vendedor cumple con su obligación de entrega cuando pone la mercancía a disposición del comprador en la terminal designada en el puerto o lugar de destino convenido.
En este contexto "terminal" hace referencia a cualquier lugar, cubierto o no, como un almacén, una zona de recepción y entrega de contenedores, o una terminal ferroviaria, aérea o de carretera.
El vendedor asume los fletes y los riesgos derivados de llevar la mercancía hasta la terminal y descargarla.
DAP
Entregado en terminal con indicación del lugar de destino convenido.
El vendedor cumple con su obligación de entrega cuando pone la mercancía a disposición del comprador en el medio de transporte de llegada y preparada para descargarla en el lugar de destino convenido.
El vendedor asume todos los riesgos derivados de llevar la mercancía hasta el lugar convenido.
No está obligado tramitar la descarga de la mercancía en el lugar de destino.
DDP
Entregado derechos pagados con indicación del lugar de destino convenido.
Esta norma es la que conlleva más obligaciones para el vendedor, que debe asumir todos los costes y riesgos relacionados con el transporte de la mercancía hasta el lugar de destino. El vendedor debe encargarse de los trámites aduaneros de exportación e importación, así como pagar todos los impuestos y gastos.
El vendedor cumple con su obligación de entrega cuando cumple los tres requisitos que se indican a continuación:
- La mercancía se pone a disposición del comprador.
- Se realizan los trámites aduaneros necesarios para importar la mercancía en el medio de transporte de llegada.
- La mercancía está preparada para descargarse en el lugar de destino convenido.
Términos de la segunda clase de normas Incoterms:
Una empresa solo debe cumplir con las siguientes normas si exporta mercancías y si el lugar de origen y el de destino son puertos marítimos o fluviales.
FAS
Franco al costado del buque con indicación del puerto de carga convenido.
Esta norma se utiliza mucho en el transporte marítimo y fluvial, aunque puede que no sea adecuada si la mercancía se entrega a la empresa de transportes antes de que esté a bordo del buque.
El vendedor cumple su obligación de entrega cuando coloca la mercancía al costado del buque (por ejemplo, en el muelle) en el puerto de embarque convenido.
El vendedor transfiere todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía en el momento de colocarla al costado del buque en el puerto de embarque convenido.
CFR
Coste y flete con indicación del puerto de destino convenido.
Esta norma es crucial porque el riesgo y los costes se transfieren en puntos diferentes. Sin embargo, aunque especifique el puerto de destino, puede que no indique el puerto de embarque, que es donde el riesgo se transfiere al comprador.
Obligaciones del vendedor:
- Entregar la mercancía a bordo del buque.
- Contratar y pagar los costes y el flete necesarios para llevar la mercancía hasta el puerto de destino convenido.
El vendedor transfiere los riesgos de pérdida o daño de la mercancía cuando la carga a bordo del buque.
Si se usa la norma CFR, el vendedor cumple con su obligación cuando entrega la mercancía a la empresa de transportes y no cuando esta llega al lugar de destino.
CIF
Coste, seguro y flete con indicación del puerto de destino convenido.
Obligaciones del vendedor:
-
Entregar la mercancía a bordo del buque.
-
Contratar y pagar los costes y el flete necesarios para llevar la mercancía hasta el puerto de destino convenido.
-
Contratar un seguro para proteger al comprador ante riesgos de pérdida o daños de la mercancía durante el transporte.
-
Contratar un seguro con una cobertura mínima.
El vendedor transfiere los riesgos de pérdida o daño de la mercancía al cargarla a bordo del buque.
Si se usa la norma CIF, el vendedor cumple su obligación al entregar la mercancía a la empresa de transportes y no cuando esta llega al lugar de destino.
Consejo
El comprador debe contratar un seguro adicional si quiere estar más protegido.
Guía rápida sobre los términos RAFTD
En 1941, la Cámara de Comercio de Estados Unidos adaptó una serie de definiciones revisadas sobre comercio exterior o términos RAFTD (Revised American Foreign Trade Definitions). A pesar de su antigüedad, estos términos no aparecen en la normativa Incoterms de la ICC, más utilizada en las transacciones comerciales internacionales. Sin embargo, puede que los veas en solicitudes de presupuestos de Estados Unidos. Los incluimos a continuación para que puedas compararlos con las normas Incoterms 2010.
Guía práctica sobre los términos RAFTD
EXW (con indicación del lugar de origen de la mercancía convenido)
El vendedor:
- Entrega la mercancía al comprador en un lugar convenido, habitualmente en su fábrica, planta o almacén.
El comprador:
- Asume todos los costes y responsabilidades que puedan derivarse desde que los productos se cargan y quedan en manos de la empresa de transportes hasta que llegan a su lugar de destino.
FOB
Franco a bordo con indicación de la empresa de transportes terrestres acordado en el lugar de origen o en el puerto de carga convenido.
Esta norma tiene distintos usos y su contenido puede llegar a ser idéntico al de la EXW.
El comprador:
- Está obligado a depositar o entregar los productos a una empresa de transportes terrestres para cargarlos en el lugar de origen, de exportación o en el puerto de carga convenidos.
Nota: El lugar convenido puede estar en el país del comprador.
FAS
Franco al costado del buque con indicación del puerto de destino convenido.
El vendedor realiza la entrega cuando:
- Se coloca la mercancía al lado del buque para su carga en el puerto de exportación convenido.
C&F
Coste y flete con indicación del puerto de destino convenido.
El vendedor:
- Asume los costes del transporte terrestre nacional y se responsabiliza de la carga de la mercancía en el buque.
- Asume los costes del transporte marítimo desde el puerto de carga hasta el puerto de destino.
CIF
Coste, seguro y flete con indicación del puerto de destino convenido.
Esta norma es idéntica a la de C&F. Además de asumir las obligaciones propias de la norma C&F, el vendedor contrata un seguro para proteger al comprador ante posibles riesgos por pérdida o daños de la mercancía durante el transporte.
Ex Dock (con indicación del puerto de importación convenido)
El vendedor:
-
Asume la responsabilidad de sacar la mercancía del barco en un puerto convenido y entregarla allí.
-
Asume todos los costes hasta la descarga de la mercancía en el puerto de destino, incluido el coste de la descarga del buque.
Gracias a las normas Incoterms, la próxima vez que revises un contrato de compraventa, te resultará más fácil saber quién es responsable de los costes y de los riesgos asociados a tu mercado de exportación. Así, evitarás que se produzcan malentendidos innecesarios al tratar con nuevos clientes.
Lista de comprobación
Antes de formalizar un contrato de compraventa, es importante comprobar lo siguiente:
- Las normas Incoterms 2010 para saber cuáles son tus obligaciones.
- La clase de norma Incoterm que se aplica en tu caso.
- El término Incoterms de tres letras que figura en el contrato.